domingo, 20 de noviembre de 2011

Abecedario en Lenguaje de señas

Ley contra bullying escolar

La ley contra el bullying promulgada por el Presidente Sebastián Piñera, junto al ministro de Educación, Felipe Bulnes, contempla que si un colegio no toma las medidas correctivas que terminen con la violencia al interior del establecimiento, arriesga sanciones de hasta 50 UTM (casi $2 millones), que podrán duplicarse en caso de reincidencia.
Con esta reglamentación, el Mineduc por primera vez podrá multar a los colegios que no tomen en serio el tema de la violencia o matonaje escolar (bullying) que significa actitud molesta de varios alumnos a un compañero.

La ley define el acoso escolar como toda agresión u hostigamiento reiterado que se haga dentro o fuera del establecimiento, por un grupo o un estudiante que atente contra otro, generando maltrato, humillación o temor tanto de manera presencial como por medios tecnológicos. De esta forma, la normativa se hace cargo también del ciberbullying.

Ésta establece que será obligación para los alumnos, padres, apoderados, profesionales, asistentes de la educación, equipos docentes y directivos, el propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia.

Además, deberán informar de manera obligatoria y de acuerdo a su reglamento interno, todas las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecte a un estudiante, una vez tomen conocimiento de ello.

Para poder cumplir con esas obligaciones, tanto el personal directivo y docente, como también los asistentes de la educación, recibirán capacitación para promover la buena convivencia escolar y el manejo de situaciones de conflicto.

Con esta ley será indispensable, para contar con el reconocimiento oficial del ministerio de Educación, que los establecimientos tengan un reglamento interno que incluya: políticas de prevención, medidas pedagógicas, protocolos de actuación y conductas que constituyan falta a la buena convivencia escolar, graduándolas de acuerdo a su gravedad, en lo que se refiere a violencia escolar.

Asimismo, deberá establecer las medidas disciplinarias correspondientes a tales conductas. Hasta hoy no existía ninguna ley que regulara este tipo de violencia que ocurre en los colegios en forma tan frecuente.

La alta presencia de acoso y violencia escolar, se vio reflejada en la encuesta nacional sobre bullying que aplicó el ministerio de Educación a estudiantes de segundo medio durante el 2010 y que arrojó que 86% declaró ser testigo de insultos y burlas frecuentemente en sus colegios.

"Esta ley que estamos promulgando nos pone especialmente orgullosos porque cada vez que tengamos un ambiente educacional más tranquilo, más amable, donde los valores de la convivencia y el respeto estén presente, vamos a estar avanzando en la educación en un sentido integral. Con esta ley venimos a poner un punto final al maltrato escolar", dijo el ministro de Educación, Felipe Bulnes.

Durante este año, y hasta el 31 de agosto, el ministerio de Educación ha recibido 2.714 denuncias de maltrato escolar. En el mismo periodo del año 2009, se recibieron 1.637, por lo que se registra un aumento de más de mil denuncias, equivalentes a un incremento de 66%.

Durante el mes de agosto llegaron 295 denuncias de maltrato y el mes más alto fue mayo con 696.


lunes, 4 de julio de 2011

Test de Conners

Autor: C. Keith Conners.
Año: 1969.
Ámbito que evalúa: Niños que presentan índices de Déficit Atencional.
Propósito: Detectar la presencia de Déficit Atencional e Hiperactividad mediante la evaluación del profesor o los padres.
Función y habilidades: Cuestionario de aplicación Individual, de lápiz y papel. Una escala para profesores y otra para padres.
Área que mide:
Para padres: Alteraciones de conducta, Miedo, Ansiedad, Inquietud-Impulsividad, Inmadurez, Problemas de aprendizaje, Problemas Psicosomáticos, Obsesión, Conductas Antisociales, Hiperactividad.
Para profesores: Hiperactividad, Problemas de conducta, Labilidad emocional, Ansiedad-Pasividad, Conducta Antisocial, Dificultades en el sueño.

Cuestionario de Evaluación de Problemas de Aprendizaje CEPA.

Autor: Luis Bravo Valdivieso.
Año: 1976.
Ámbito que evalúa: Problemas de aprendizaje mediante la evaluación del profesor.
Propósito: Obtener información del profesor sobre las dificultades de aprendizaje de los alumnos.
Función y habilidades: Cuestionario de aplicación Individual, de lápiz y papel para el profesor de 1° a 4° año de enseñanza básica. Su aplicación dura un tiempo estimado de 10 minutos. Consta de 33 preguntas divididas en 5 áreas.
Área que mide: Recepción de la información.
Expresión del lenguaje oral.
Lectoescritura y matemáticas.
Atención/concentración/memoria.
Aprendizaje e inteligencia.